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El despilfarro económico, el impacto ambiental y la degradación del paisaje del macropuerto deportivo de San Vicente de la Barquera

📎 Por:  Emilio Carrera. Representante de los grupos ecologistas y asociaciones conservacionistas de Cantabria en el Patronato del Parque Natural de Oyambre y miembro de Ecologistas en Acción.

     Ante el  proyecto de macropuerto deportivo de la Consejería de Obras Públicas en la bahía de San Vicente de la Barquera la representación de ecologistas y conservacionistas  de Cantabria en  el Patronato del Parque Natural de Oyambre y Ecologistas en Acción-Cantabria rechazan esta iniciativa y exigen orientar la inversión de casi 7 millones de euros en priorizar los sectores pesquero y agroganadero sostenibles y forestal de maderas nobles y autóctonas,  la implantación de un polígono específico de industrias relacionadas con las nuevas tecnologías, I+D+i, las transformaciones agrolimentarias..., y la  atención preferente a un turismo basado en la conservación y mejora de los valores ambientales y el paisaje, la revalorización y restauración de su Patrimonio Cultural y urbanístico, y la creación de una marca de origen como espacio protegido y la comercialización de sus productos y ofertas.  Las razones concretas de este rechazo son las siguientes:

     1º, porque el desarrollo sostenible de San Vicente de la Barquera ha de potenciar ese turismo de los valores ambientales y el paisaje del Patrimonio Cultural y Natural pero, también, mantener los equilibrios con la rentabilidad económica –definiendo los valores añadidos y la proyección a largo plazo de las inversiones realizadas–, y social –sus efectos multiplicadores en la creación de empleo, la continuidad y estabilidad de los puestos de trabajo…–, y la calidad de vida y los beneficios colectivos, en vez de construir un macropuerto en una más de las actuaciones insostenibles y desafíos a esas rentabilidades a las inversiones públicas, dentro de las agresiones a la hacienda autonómica de una Consejería de Obras Públicas, experta en incumplir las directrices, normas y disposiciones del ordenamiento jurídico y el estado de Derecho del que forma parte.

    En 2º lugar porque va contra el PORN de Oyambre, la ZEC de las Rías Occidentales, y la Directiva de Hábitats; porque provocará irreversibles impactos ecológicos y sobre el paisaje; porque devaluará el uso público y el activo turístico con la privatización de sus accesos; por su despilfarro económico ante otras prioridades en empleo, equipamientos, infraestructuras y servicios mucho más respetuosos con el medio ambiente y las necesidades de los vecinos, en la dinamización de otros sectores productivos –pesqueros, agroganaderos, forestales e industriales con tecnologías blandas–, y en la reordenación de los atraques existentes, abandonados o infrautilizados; porque contradice al Plan de Puertos –"las zonas de mayor valor ambiental, como las rías de Espacios Protegidos o de los más cercanos a playas, son zonas excluidas donde se desaconseja la implantación de nuevos puertos desde el punto de vista ambiental; y donde predominen los procesos de sedimentación –y el estuario de S.Vicente está en avanzado estado de colmatación– se consideran no aptas las instalaciones de nuevos puertos"; porque su Memoria Ambiental, dice que "las previsiones de demanda de servicios e infraestructuras [como nuevos puertos deportivos] no comprometerá valores ambientales dignos de protección"; y porque tampoco es excepción de zonas excluidas, las   instalaciones portuarias o muy degradadas, pues la bahía de San Vicente cuenta con la mejor calidad de los estuarios de Cantabria y un alto grado de naturalidad con varias figuras de protección. 

    3º, porque el proyecto se ejecuta sobre un Parque que carece aún –30 años desde su creación– de PRUG, de Planes de Desarrollo Sostenible, de los Sectoriales de Restauración e Integración Ambiental y Paisajística, de Fomento de Buenas Prácticas en el Sector Primario y el Turístico; que incorpora un pronunciamiento del Patronato sin referencias técnicas o jurídicas contrarias a leyes y normas vigentes; sin estudios específicos sobre las afecciones al paisaje, valores ambientales, flora y fauna  de las rías; y sin evaluación o previsión de riesgos por las actividades a desarrollar.
    En 4º lugar, vulnera la Ley de Costas, art. 2, – "la actividad  garantizará el uso público del mar, de su ribera y del dominio marítimo-terrestre, sin más excepciones que las derivadas de razones de interés público debidamente justificadas..." –; el art. 31 –"la utilización del dominio público marítimo-terrestre y del mar y su ribera será libre, pública y gratuita para los usos comunes, tales como pasear, estar, bañarse, navegar, embarcar y desembarcar, varar, pescar, coger plantas y mariscos y otros actos que no requieran obras e instalaciones de ningún tipo y de acuerdo con las leyes y reglamentos aprobadas conforme a esta Ley". El Puerto Deportivo sustrae del uso público parte del dominio marítimo-terrestre, privatizando su explotación para disfrute exclusivo de usuarios de embarcaciones de recreo, violando el art 2.b, garantía del uso público del mar.

En 5º lugar, el proyecto no responde a ninguna necesidad social ni inversión con futuro,y carece de estudio económico-financiero sobre gestión y explotación, amortización del gasto público, previsión y adecuación entre oferta y demanda o costes e ingresos, tasas portuarias, compromisos públicos y privados en mantenimiento... Tampoco hay estudios –tráfico marítimo, número, frecuencia, rutas, intensidad,  estacionalidad....– sobre el futuro del sector náutico que justifique nuevos puertos deportivos, y mucho menos, de la magnitud como el que se plantea – en Cantabria casi 3.000 nuevos atraques, 300 millones de euros de nueva inversión y una previsión infladísima de demanda posible que ignora la fuerte estacionalidad turística, las limitaciones climatológicas y naúticas del Cantábrico, y la competencia entre nuevos puertos deportivos o sus ampliaciones, incluidos los del oriente de Asturias desde Gijón, Tazones, Lastres, Ribadesella, Llanes…–, con estimaciones de demanda erróneas y abusivamente exageradas, y sujetos a una fuerte estacionalidad, vacíos o semivacíos el 80% del año, que sólo beneficia a los promotores y a un modelo de desarrollo que ha destruido algunos de los parajes mas bellos de nuestra costa.

   En 6º lugar, porque los impactos degradarían la ría y marismas  de gran diversidad y productividad biológica para la pesca y la reproducción y/o alimentación de numerosas especies– al alterar y obstaculizar la dinámica sedimentaria y del estuario; y por su dragado y ocupación con efectos permanentes y visibles en contradicción con la  Memoria Ambiental del Plan de Puertos donde se dice que "las propuestas que afecten a estructuras sedimentarias  serán lo más blandas posibles con ocupación mínima de marisma y zonas intermareales…  evitando su relleno y ocupación". 

    En 7º lugar, el nuevo puerto –49.000 m2 y casi 300 atraques– no es una actuación blanda y mínima, por mucho que se devalúen diques o pantalanes, y con la incertidumbre frente a temporales, oleajes,  corrientes y subsuelo, impacto visual,  disminución del prisma de marea y del calado de la bocana, colmatación del canal de navegación, aumento de la sedimentación, erosión de playas, mantenimiento, rellenos y dragados…, incompatibles con la calidad ambiental que el Parque, ZEC y Hábitats protegen. El proyecto reducirá la calidad del agua, dificultará su renovación y añadirá más contaminación al intensificarse el tráfico de vehículos por tierra y mar, vertidos y contaminantes, potenciar demanda de plazas de aparcamiento y acentúar los atascos.

  En octavo lugar, porque el proyecto contradice la estrategia oficial e internacional de adaptación al cambio climático para zonas vulnerables –playas y costas bajas del entorno de estuarios y deltas– al ascenso del nivel del mar: La construcción de nuevas estructuras costeras y portuarias supone una reducción drástica de la capacidad evolutiva natural de la costa, hace más rígido el frente costero, acentúa la erosión y el retroceso de la línea de costa, inunda las zonas bajas, aumentan los impactos de los temporales, y disminuye la superficie de las playas. Y es contrario al informe STERN, a la Ley de Costas y su reglamento, y a las directrices elementales de planificación costera para prevenir los riesgos debidos a un ascenso del nivel del mar como efecto del cambio climático

   En 9º lugar, el puerto deportivo no es compatible con la regeneración de la marisma de Pombo, debe descartarse con alternativas menos perjudiciales, y potenciarse las instalaciones existentes, tal como dicen las Normas Urbanísticas Regionales, art. 8: "se potenciará la eficacia y eficiencia de las instalaciones e infraestructuras actualmente existentes frente a la construcción e implantación de otras nuevas".
  
En décimo lugar, la potenciación recreativo-deportiva debe buscar fórmulas integradas en la costa y sostenibles ambientalmente para aliviar la presión histórica sobre los bordes costeros y evitar los impactos de las concentraciones excesivas. Los puertos deportivos y grandes infraestructuras en el litoral son soluciones duras y nada flexibles frente a cambios en el nivel del mar o en la demanda. Su gestión debe apoyarse en pequeños embarcaderos y pantalanes flotantes muy selectivos, estructuras blandas adaptables a los cambios  del medio físico y a  la demanda, algo que favorece el empleo, diversifica los usos del territorio, evita la acumulación y congestión de las zonas portuarias urbanas, no requiere grandes obras, repercute mucho menos sobre la calidad ambiental, posibilita un mejor reparto de beneficios, es mucho más barato y eficaz, minimiza los impactos, y satisface la demanda basada en las infraestructuras actuales y en la reordenación de los atraques ya existentes.











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